La Dirección General del Catastro pone a disposición de los ciudadanos, las empresas, las Administraciones Públicas y demás instituciones de carácter público la información catastral contenida en sus bases de datos alfanuméricas y gráficas.
El Catastro es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda en el que se describen los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales. La descripción catastral de los bienes inmuebles comprende sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encuentra la localización y la referencia catastral, la superficie, el uso o destino, la clase de cultivo o aprovechamiento, la calidad de las construcciones, la representación gráfica, el valor catastral y el titular catastral.
La expedición por la Dirección General del Catastro o por las Gerencias y Subgerencias de información catastral o cualesquiera otros documentos está sujeta al pago de la tasa de acreditación catastral, de conformidad con el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. Cuando la información catastral se obtiene a través de la Sede Electrónica del Catastro, no está sujeta a la mencionada tasa.
La información catastral se suministra en los formatos y soportes oficiales de la Dirección General del Catastro.
La información catastral se puede solicitar por cualquier persona o entidad interesada en su adquisición. No obstante, sólo pueden acceder a los datos protegidos (nombre, apellidos, razón social, domicilio fiscal, número de identificación fiscal de quienes figuren inscritos como titulares en el Catastro, así como los valores catastrales individualizados de los bienes inmuebles), los titulares catastrales de cada inmueble o quienes cuenten con su consentimiento expreso y por escrito.
Asimismo, tendrán acceso a los datos catastrales protegidos:
La información catastral está sujeta a la legislación sobre propiedad intelectual. Los derechos de autor corresponden a la Administración General del Estado.
La información suministrada es para uso propio del peticionario, comprometiéndose éste, a no utilizarla ni cederla a terceros para fines distintos a los expresados en la solicitud.
La información catastral se puede solicitar:
Pueden descargarse los modelos de solicitud de información catastral (modelo de solicitud de información o modelo de certificación catastral en formato MS Word).
Índice de productos catastrales:
Las certificaciones catastrales literales son documentos expedidos por las Gerencias y Subgerencias del Catastro que acreditan los datos físicos, jurídicos y económicos que constan en el Catastro Inmobiliario, o bien la inexistencia de tales datos. Contienen datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc.).
Tipos de certificaciones literales:
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
No está sujeta al pago de la tasa de acreditación catastral la descarga de certificaciones literales a través de la Sede Electrónica del Catastro.
Las certificaciones literales pueden solicitarse:
Las certificaciones descriptivas y gráficas contienen los datos básicos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, según consta descrito en el Catastro Inmobiliario, junto con su representación gráfica.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Las certificaciones descriptivas y gráficas pueden solicitarse:
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
La ortofotografía es una copia de una fotografía en perspectiva sometida a un proceso de rectificación diferencial que da lugar a una imagen fotográfica del terreno que contiene toda la riqueza informativa que proporciona la fotografía aérea y tiene la precisión de un plano a escala.
La escala de la ortofotografía es 1:5.000 (ó 1:2000 para zonas muy parceladas) y su extensión resulta de dividir cada hoja del Mapa Topográfico Nacional en once columnas y seis filas, de modo que las ortofotografías se identifican por el número de la hoja de MTN y los números de la columna y de la fila. Por ejemplo E5-1024-09-05: escala 1:5.000, hoja del Mapa Topográfico Nacional 1024, columna 09 y fila 05.
El número de ortofotografías que integran un término municipal se puede calcular aproximadamente multiplicando la superficie en miles de hectáreas por dos. La superficie media de cada ortofoto es de 815 hectáreas.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Lugar de solicitud: Las Gerencias y Subgerencias del Catastro.
Soporte: en papel opaco y fotográfico.
Puede descargar un ejemplo de ortofoto en formato gif (1.5 MB).
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
La ortofotografía es una copia de una fotografía en perspectiva sometida a un proceso de rectificación diferencial que da lugar a una imagen fotográfica del terreno que contiene toda la riqueza informativa que proporciona la fotografía aérea y tiene la precisión de un plano a escala.
La escala de la ortofotografía es 1:5.000 (ó 1:2000 para zonas muy parceladas) y su extensión resulta de dividir cada hoja del Mapa Topográfico Nacional en once columnas y seis filas, de modo que las ortofotografías se identifican por el número de la hoja de MTN y los números de la columna y de la fila. Por ejemplo E5-1024-09-05: escala 1:5.000, hoja del Mapa Topográfico Nacional 1024, columna 09 y fila 05.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Soporte: CD-rom.
Formato: Imagen tif con fichero de georreferenciación.
Lugar de solicitud: Las Gerencias y Subgerencias del Catastro.
Órgano que expide: La Dirección General del Catastro.
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
Mapa catastral urbano por municipios con representación territorial del suelo urbano para identificación y localización de parcelas y realización de mediciones obtenido por restitución numérica a partir de un vuelo fotogramétrico.
Realizada a escala 1:1.000 ó 1:500 con representación de líneas de manzana, parcelas y edificios en zonas urbanas, ejes de calle, número de policía, puntos de control y otras informaciones.
Soporte: papel opaco o papel reproducible.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Lugar de solicitud: en la Gerencia o Subgerencia del Catastro en cuyo ámbito territorial de competencias se localiza el municipio.
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
Mapa catastral rústico por municipios con representación territorial del suelo rústico para identificación y localización de parcelas y realización de mediciones obtenido por restitución numérica a partir de un vuelo fotogramétrico.
Realizada a escala 1:5.000 ó 1:2.000 en zonas de alta densidad de parcelas, con representación de líneas de polígono, parcela y subparcela en zonas de suelo rústico, vías de comunicación e hidrografía.
Soporte: papel opaco o papel reproducible.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Lugar de solicitud: en la Gerencia o Subgerencia del Catastro en cuyo ámbito territorial de competencias se localiza el municipio.
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
Puede consultar la cartografía digitalizada disponible de un municipio, o bien obtener esa información de todos los municipios de una provincia.
No olvide especificar si desea información acerca de cartografía urbana o rústica.
La cartografía catastral urbana se obtiene por restitución numérica a partir de un vuelo fotogramétrico, por digitalización de los documentos gráficos existentes en el Catastro o tiene su origen en cartografía digital de otras Administraciones Públicas sobre la que se vuelca el parcelario.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
La Dirección General del Catastro puede autorizar al solicitante a transformar la información solicitada y a distribuir posteriormente el resultado de dicha transformación, en los términos previstos en el artículo 21 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, siempre que:
Disponibilidad: consulte la cartografía catastral disponible en formato digital (consulta por municipios o por provincia).
Formatos:
Soporte: CD-ROM o cinta DAT 4 mm.
Lugar de solicitud:
Conozca más detalles sobre las características de la cartografía catastral (formatos, ejemplos gráficos, etc.).
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
La cartografía catastral rústica procede de un vuelo fotogramétrico efectuado a escala 1/20.000 ó 1/15.000 (para zonas muy parceladas) obteniéndose ortofotos a escala 1/5.000 o 1/2.000 respectivamente, a partir de las cuales se realiza el retintado del parcelario y la digitalización de las líneas.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
La Dirección General del Catastro puede autorizar al solicitante a transformar la información solicitada y a distribuir posteriormente el resultado de dicha transformación, en los términos previstos en el artículo 21 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, siempre que:
Disponibilidad: consulte la cartografía catastral disponible en formato digital (consulta por municipios o por provincia).
Formatos:
Soporte: CD-ROM o cinta DAT 4 mm.
Lugar de solicitud:
Conozca más detalles sobre las características de la cartografía catastral (formatos, ejemplos gráficos, etc.)
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
Datos literales sobre los bienes inmuebles rústicos o urbanos: titularidad, suelo, construcción, valor catastral, usos, etc.:
La información se descarga a nivel de municipio, y solamente contendrá datos protegidos (nombre, apellidos, razón social o domicilio, código de identificación y valor catastral de los bienes inmuebles individualizados) cuando la información sea solicitada por los órganos de las Administraciones públicas, las comisiones parlamentarias de investigación, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, los Jueces y Tribunales y el Ministerio Fiscal del Estado y demás entidades públicas para el ejercicio de sus funciones y con las limitaciones derivadas de los principios de competencia, idoneidad y proporcionalidad.
Cuantía de la tasa de acreditación catastral.
Formato: Formatos oficiales de la Dirección General del Catastro.
Si lo desea puede consultar la relación de formatos de intercambio de información .
Soporte: Disquete o CD-Rom.
Lugar de solicitud: En las Gerencia o Subgerencia del Catastro.
Puede consultar la ficha descriptiva del producto.
| Definición del producto | Formato | Tasa |
|---|---|---|
| Laboratorio fotogramétrico | ||
| Ortofotos en papel fotográfico | Copia en papel fotográfico o diapositiva | 42,66 euros/unidad |
| Ortofotos en papel opaco | Copia en papel opaco | 16,94 euros/unidad |
| Ortofotos en soporte digital | Copia en soporte digital | 42,66 euros/unidad |
| Fotografía aérea en positivo | en positivo por contacto | 12,86 euros/unidad |
| Fotografía aérea en papel opaco | en papel opaco DIN A3 / A4 | 8,57 euros/unidad |
| Cartografía convencional en soporte papel | ||
| Copia cartografía en DIN A3 o DIN A4 | en papel opaco DIN A3 / A4 | 8,57 euros/unidad |
| Copia cartografía en DIN A3 superior | en papel opaco superior a DIN A3 | 16,94 euros/unidad |
| Copia cartografía en papel reproducible | en papel reproducible | 42,66 euros/unidad |
| Cartografía digitalizada (1) | ||
| Copia cartografía urbana | Formatos FICC, SHAPEFILE, DXF | 4,28 euros/hectárea |
| Copia cartografía rústica | Formato FICC, SHAPEFILE, DXF | 6,30 euros/soporte o fichero + 0,27 euros/hectárea |
| Información alfanumérica digital | ||
| Información alfanumérica digital urbana y rústica | Formatos establecidos por la Dirección General | 65,59 euros/municipio + 0,0006 euros/registro |
| Información catastral no estandarizada | Uso de procedimientos no estandarizados | Coste del producto + 65,59 euros por hora de programación + 0,63 euros por 1000 registros procesados o fracción. |
| Expedición de copias de información no gráfica de expedientes | Cualquier tamaño | 0,64 euros/hoja |
| Certificaciones catastrales | ||
| Certificaciones catastrales literales | Bienes urbanos | 4,28 euros/documento + 4,28 euros bien inmueble |
| Certificaciones catastrales literales | Bienes rústicos | 4,28 euros/documento + 4,28 euros parcela |
| Certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas únicamente a una unidad urbana o una parcela rústica | 16,94 euros/documento (2) | |
| Certificaciones catastrales con antigüedad superior a 5 años | Precio de la certificación según los puntos anteriores, más 42,66 euros por cada documento expedido. | |
| Certificaciones negativas de bienes | No devengan tasa | |
(1) En los casos en que la Dirección General del Catastro autorice al sujeto pasivo a transformar la información Catastral suministrada y distribuir posteriormente el resultado de dicha transformación, en los términos previstos en el artículo 21 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, la cuantía de la tasa por cada copia que se pretenda distribuir será la siguiente:
En la petición que formule el sujeto pasivo deberá constar el número de copias del producto transformado que se pretende distribuir.
(2) Cuando las certificaciones descriptivas y gráficas incorporen, a petición del interesado, datos de otros inmuebles (como por ejemplo, linderos), la cuantía se incrementará en 4,28 euros por cada inmueble.
Modelos de solicitud de información catastral:
(La expedición por la Dirección General del Catastro o por las Gerencias o Subgerencias de certificaciones o cualesquiera otros documentos en los que figuren datos físicos, jurídicos o económicos que consten el Catastro Inmobiliario, está sujeta al pago de la tasa de acreditación catastral.)
También se pueden descargar dentro de las páginas relacionadas con dichos formularios.