Gobierno de España - Ministerio de Economía y Hacienda
Dirección General del Catastro

PlanE

Recurso de reposición

Objeto

La revisión de actos derivados de procedimientos tributarios.

Normativa

Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Órgano competente

El que dictó el acto recurrido, ya sea el Director General del Catastro o las Gerencias y Subgerencias del Catastro.

Forma de inicio

A instancia de parte.

Legitimación

Los titulares catastrales y, en su caso, los titulares de un derecho o interés legítimo afectado por el acto que se recurre.

Plazo de inicio

Un mes desde la recepción de la notificación.

Lugar de presentación

Documentación a presentar por el interesado

Los documentos que sirvan de base a la pretensión que se ejercita.

Fases del procedimiento

Plazo de resolución

Un mes.

Efectos de la falta de resolución en plazo

Desestimatorio.

Recursos

La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa. Se puede interponer, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-administrativo Regional o Local. Si el valor catastral del inmueble excede de 1.800.000 euros, dicha reclamación podrá interponerse directamente, ante el Tribunal Económico-administrativo Central.