Gobierno de España - Ministerio de Economía y Hacienda
Dirección General del Catastro

PlanE

Alta de nueva construcción

Objeto

La inscripción o modificación de datos en el Catastro Inmobiliario por la realización de nuevas construcciones.

Normativa

Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y Orden EHA/3482/2006, de 19 de octubre por la que se aprueban los modelos de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.

Órgano

Las Gerencias y Subgerencias del Catastro.

Forma de inicio

Instancia de parte.

Legitimación

Los titulares de los bienes inmuebles.

Plazo

Dos meses a partir del día siguiente a la fecha de formalización del hecho, acto o negocio declarado.

Lugar de presentación

Documentación a presentar por el interesado

Esta declaración se realizará cumplimentando el modelo 902-N.

Los impresos de cada modelo se pueden obtener gratuitamente en las Gerencias o en las Subgerencias del Catastro, en las Delegaciones de Economía y Hacienda o en Ayuntamientos colaboradores.

En todo caso, los impresos correspondientes deberán presentarse acompañados, además del modelo de declaración 902-N, de la siguiente documentación:

Además, se deberá aportar la documentación complementaria que se indica a continuación.

Fases procedimiento

Plazo resolución

  Seis meses.

Efectos presuntos

Desestimatorios.

Recursos

La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa. Se puede interponer, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, alguno de los siguientes recursos: